El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo, en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas, ha desestimado el recurso de casación interpuesto contra una resolución de Audiencia Provincial de Albacete que en el proceso de divorcio de un matrimonio sujeto al régimen de separación de bienes reconoció a favor de la esposa una indemnización de 27.000 euros en concepto de compensación por su «trabajo para la casa».
La constancia de la pareja estable o de hecho es uno de los requisitos para el cobro de la pensión de viudedad.
Por primera vez un juzgado establece un sistema de custodia mixto para cada hijo del matrimonio. Ello supone una novedad en relación con el pronunciamiento del TS de 25-09-15 que acordó atribuir al padre la guarda y custodia de los dos hijos mayores y a la madre la de los dos hijos menores, por lo que no hay un sistema de guarda y custodia mixto, sino que se adopta un único sistema de guarda y custodia, que es la custodia exclusiva.