La sentencia relata que la acusada, siguiendo el régimen de visitas establecido con su expareja –quien mantenía la custodia de la niña-, recogió a su hija del colegio ubicado Puerto del Rosario el 21 de febrero de 2014, debiendo dejarla en el mismo centro escolar el lunes 24 de febrero al inicio de las clases. No obstante, no solo incumplió el acuerdo sino que matriculó a la menor en un colegio de Las Palmas, donde la madre residía y donde permaneció con ella hasta el 11 de marzo, cuando fue localizada por agentes de la policía.
Fuente: Economist&Jurist.es