El Supremo rechaza que los abuelos tengan obligación de pagar los gastos extraordinarios de una nieta por la insolvencia de sus padres. La Sala Civil rechaza el recurso de una madre que pretendía que los cuatro abuelos de su hija, los dos paternos y los dos maternos, que fueron condenados ya en 2014 a pasar una pensión de alimentos de esa nieta, deban pagar además sus clases de música y otros gastos extraordinarios.
La Sala 1ª del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, de la que ha sido ponente el Sr. Arroyo Fiestas, por la que se estima parcialmente el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería (sección 2ª) recaída en procedimiento ordinario sobre reclamación de daños y perjuicios derivados de accidente de circulación, casando parcialmente la sentencia recurrida en el sentido de incrementar la indemnización que es objeto de condena, de forma que la aseguradora deberá abonar a la demandante, además, por el concepto de ayuda a terceras personas y por el de daños morales a familiares.